Andalucía

Ayuda alquiler Junta de Andalucia

Si estás buscando ayuda con el alquiler en la región de Andalucía, ¡has venido al lugar correcto! En este sitio web, te brindamos información detallada y útil sobre los programas de ayuda al alquiler ofrecidos por la Junta de Andalucía. Además, como asesor fiscal, te ofrecemos nuestro conocimiento y experiencia para ayudarte a entender los requisitos y procedimientos necesarios para acceder a estas ayudas. No pierdas más tiempo buscando información en diferentes lugares, ¡aquí encontrarás todo lo que necesitas saber!

Estas son las ayudas de la junta de Andalucía para el inquilino en el alquiler de la vivienda habitual. 

Ayudas al alquiler Andalucía

Requisitos para la ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía

A continuación, te proporcionaré una tabla con los requisitos para la ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía:

Requisitos
Tener un contrato de arrendamiento de vivienda habitual y con una cuota de alquiler por debajo de los 600 euros.
Disponer de contrato de arrendamiento y fianza ajustado a lo establecido en la Ley 29/1994.
Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual y estar al corriente en el pago de las mensualidades de la renta arrendaticia correspondientes a enero, febrero y marzo de 2020.
La vivienda debe ser habitable y cumplir con los requisitos mínimos de habitabilidad.
Ser español o extranjero de pleno derecho y residencia legal en España.
Tener ingresos inferiores a 3 veces el IPREM (1.613,52 euros) para acceder a las ayudas del Plan Estatal.
Tener menos de 35 años para acceder a las ayudas específicas para jóvenes.
Estar en situación de vulnerabilidad debido a la crisis del coronavirus para acceder a la ayuda específica para familias.

Ayudas vivienda habitual

Concedidas por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, estas ayudas están dirigidas al alquiler de viviendas, habitual y permanente, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Características de las ayudas al alquiler de la junta de Andalucía:

  • Se subvenciona el 40% de la renta a personas inquilinas con ingresos limitados y el 50% a quienes hayan cumplido 65 años.
  • Estas ayudas contemplan poder realizar un complemento de hasta el 75% en el caso que los beneficiarios se encuentren en situación de especial vulnerabilidad. 
  • Los jóvenes que no hayan cumplido 35 años en el momento de la solicitud tendrán derecho a una subvención del 50%.
  • El alquiler mensual no puede superar los 600 euros al mes.

Las ayudas al alquiler de vivienda habitual van dirigidas a unidades de convivencia, por lo que los requisitos deben ser cumplidos por todos sus miembros. No es necesario que estén unidos por lazos de parentescos pero sí que dispongan de un certificado colectivo de empadronamiento donde consten todas las personas que residen en la vivienda. Asimismo, hay que tener residencia legal en el territorio nacional.

La Disposición final tercera del Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19 , modifica la forma de notificación de los requerimientos y resoluciones en los procedimientos para la concesión de las ayudas al alquiler, sustituyendo la notificación individual, por la notificación a través del BOJA y de esta página Web, con avisos a las personas interesadas mediante el teléfono o del correo electrónico. La implantación de esta medida permitirá agilizar los procedimientos y lograr el pronto pago de las ayudas, en unas circunstancias como las provocadas por la emergencia sanitaria en que nos encontramos.


Convocatoria de ayudas de alquiler


Haz Bases reguladoras aquí

Viviendas de la bolsa PIMA para ayudas alquiler Andalucía

Dentro del Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Viviendas se gestiona una bolsa de inmuebles deshabitados para su arrendamiento a personas con ingresos limitados. En esta bolsa proporcionada por la junta de Andalucía, puedes encontrar una vivienda y ser beneficiario de un contrato de alquiler de vivienda ajustada a tus necesidades y elegida por ti en el mercado libre a través del Buscador de viviendas de PIMA.

Ayudas en especiales circunstancias de emergencia social

Para ser beneficiario de estas ayudas al alquiler Andalucía las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Estar inmerso una ejecución hipotecaria o de cualquier otra garantía sobre su vivienda habitual.
  • Que su vivienda habitual está en un procedimiento de ejecución para responder de un aval o garantía prestado en orden a garantizar un crédito hipotecario o préstamo concedido para hacer frente al desempeño de su actividad profesional como persona trabajadora por cuenta propia.
  • Que se hayan visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago por alguna de las causas anteriores, sin que sea necesario la existencia de un procedimiento de ejecución o apremio.

Trámites ayudas especiales

Código:  6651 Concesión de ayudas alquiler Andalucía de vivienda a personas en especiales circunstancias de emergencia social, por haberse visto privadas de la propiedad de su vivienda habitual como consecuencia de una ejecución hipotecaria o por el ejercicio de cualquier otra garantía sobre la misma, o que se hayan visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago por alguna de las causas expresadas en el artículo 3.1de la Orden de 28 de noviembre de 2014 (ver apartado normativa), sin que sea necesario la existencia de un procedimiento de ejecución o apremio. Se incluyen los procedimientos cuya ejecución haya sido decretada por resolución judicial o, en caso de entrega de la vivienda en pago sin procedimiento de ejecución o apremio, que haya tenido lugar a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, que tuvo lugar el 12 de abril de 2013. Las solicitudes se podrán presentar en las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. Así mismo, podrán presentarse a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web http://www.andaluciajunta.es El plazo de presentación será el establecido en la convocatoria correspondiente.Plazo de solicitud:

24/10/2018 – 31/12/2020 (Plazo de solicitud hasta agotar crédito establecido).


Tramitar ayuda especial alquiler junta de Andalucía

Ayudas Alquiler Andalucía jóvenes menores 35 años

Para poder accedera a estas ayudas al alquiler Andalucía para jóvenes tienes que cumplir unos requisitos, entre otras condiciones de acceso a esta subvención está el límite de edad en 35 años y la cuantía del alquiler de la vivienda :

  • Los jóvenes que no hayan cumplido 35 años en el momento de la solicitud tendrán derecho a una subvención del 50%.
  • El alquiler mensual no puede superar los 600 euros al mes. 


Convocatoria de ayudas de alquiler


Haz Bases reguladoras aquí

Ayuda e información de la junta de Andalucía

Para mayor información sobre ayudas al alquiler de la junta e Andalucía puedes telefonear al Servicio de atención al Ciudadan@ Infovivienda:

  • 955 060 998 (lunes a viernes, salvo festivos, de 9h. a 19h.).
  • Del mismo modo puedes contactar de manera telemática las 24 horas del día a través del correo Buzón de INFO.VIVIENDA

¿Puedo solicitar la ayuda si soy estudiante y vivo de alquiler?

Sí, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos por la Junta de Andalucía.

¿Qué ocurre si el arrendador no quiere facilitar la documentación necesaria para solicitar la ayuda?

En ese caso, puedes solicitar la ayuda mediante una declaración responsable en la que indiques que el arrendador no ha querido facilitar la documentación.

¿Es necesario renovar la ayuda cada año?

Sí, es necesario solicitar la renovación de la ayuda cada año si se quieren seguir recibiendo las mensualidades.

¿Puedo solicitar la ayuda si soy propietario de otra vivienda?

No, la ayuda alquiler de la Junta de Andalucía está destinada exclusivamente a personas que viven de alquiler.

¿Qué ocurre si dejo de cumplir con los requisitos para recibir la ayuda?

En ese caso, deberás comunicar a la Junta de Andalucía que ya no cumples con los requisitos establecidos para recibir la ayuda y proceder a su devolución.

¿Puedo solicitar la ayuda si he perdido mi trabajo recientemente?

Sí, la ayuda alquiler de la Junta de Andalucía está destinada a personas que estén pasando por dificultades económicas, por lo que la pérdida reciente del trabajo podría ser un motivo para solicitarla.

¿Cuánto tiempo tarda la Junta de Andalucía en resolver las solicitudes de ayuda alquiler?

La Junta de Andalucía tiene un plazo de 6 meses para resolver las solicitudes de ayuda alquiler y notificar la resolución.

¿La ayuda alquiler se puede solicitar de forma retroactiva?

No, la ayuda alquiler solo se concede desde el mes siguiente a la presentación de la solicitud, por lo que no se puede solicitar de forma retroactiva.

¿Qué ocurre si se producen cambios en mi situación económica o familiar mientras recibo la ayuda?

Deberás comunicar cualquier cambio en tu situación económica o familiar a la Junta de Andalucía, ya que podría afectar a la concesión de la ayuda.

¿Puedo solicitar la ayuda alquiler si mi contrato de alquiler es de temporada o por periodos cortos?

No, la ayuda alquiler solo se concede para contratos de alquiler de vivienda habitual y permanente.

¿Puedo solicitar la ayuda si comparto piso con otras personas?

Sí, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Junta de Andalucía y se presente la documentación necesaria.

¿Qué documentación necesito para solicitar la ayuda alquiler?

Entre la documentación necesaria se encuentra el contrato de alquiler, el certificado de empadronamiento, la última declaración de la renta, la vida laboral y los recibos del alquiler.

¿Puedo solicitar la ayuda alquiler si estoy en situación de desempleo?

Sí, la situación de desempleo es una de las circunstancias que se tienen en cuenta para conceder la ayuda alquiler.

¿Puedo solicitar la ayuda alquiler si estoy en régimen de alquiler con opción a compra?

No, la ayuda alquiler solo se concede para contratos de alquiler de vivienda habitual y permanente, no para contratos de alquiler con opción a compra.

¿Puedo solicitar la ayuda alquiler si ya he solicitado otras ayudas o subvenciones?

Depende de cada caso en particular, ya que podría afectar a la concesión de la ayuda alquiler. Se recomienda consultar con la Junta de Andalucía en caso de tener dudas.

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